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INFORMACION SOCIOS 16.09.2004
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COMUNICADO 16.9.2004
Queremos informaros que no ha
sido posible organizar los actos que en principio teniamos
previstos en la feria Fercatur de Ciudad Real
en los que se incluia la celebracion
de la Junta General de socios.
Las razones que han provocado esta cancelacion
han sido por un lado la falta de medios humanos para organizar los mismos
por diferentes razones personales y la coincidencia en fechas con otras
ferias y concentraciones de rehalas donde muchos de los socios tienen
previsto participar.La JD hemos decidido convocar la celebracion de la Junta General dentro de las 2 semanas posteriores
al cierre de la temporada de caza que ahora comienza entendiendo que
celebrarla durante la misma no facilita la asistencia de los asociados.
Como tambien os informamos estamos redactando
una circular informativa, que se ha demorado a la espera de recibir
contestacion por parte de la administracion
en algunos asuntos, donde incluiremos el estado de cuentas, las gestiones
realizadas con la administracion y los acuerdos
alcanzados donde los hubiere, los acuerdos comerciales y el plan de
trabajo de los proximos meses.
Queremos aprovechar esta intervencion para
que todos aquellos que sois lectores y participantes de este foro colaboreis
en la difusion de la informacion
de la AER al resto de socios con el fin de colaborar en la accion
informativa y animaros a opinar y proponer.Os
recordamos los datos de la AER con la que en todo momento podeis
poneros en contacto:
Asociacion Española de Rehalas
C/ Valentin Gomez
2 1º 50300 Calatayud - Zaragoza
Tel: 976887435
dominguez@asociacionrehalas.com
Si queremos advertir a todos los socios, y no socios, que intervienen
en eL foro amparados en el anonimato que este medio permite, esperamos
que por poco tiempo, que se dedican a criticar, insultar, difamar y
acusar a las personas que formamos la JD que en ningun
momento seran atendidos ni contestadas sus intervenciones sino se
identifican previamente. Admitimos las criticas
y las propuestas pero nunca el insulto y la falta de respeto personal
hacia personas que nada tienen que ocultar, que somos autocriticos
y que estamos intentando, voluntariamente, llevar adelante el compromiso
de trabajar en la defensa de la rehala española.
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DENUNCIAS SEPRONA CASTILLA – LA MANCHA 30.08.2004
Hemos
tenido conocimiento de que en las primeras batidas con autorizacion
especial celebradas en Castilla La Mancha se han interpuesto por parte
del Seprona denuncias a perreros que guiaban las rehalas ,sin
ser los propietarios de las rehalas, por no disponer de licencia de
caza sin armas de fuego.
Queremos informar que estas denuncias no parecen que sean procedentes
pues el articulo 40 punto 3 del Reglamento de Caza 141/96 de Castilla
La Mancha dice:
"quienes practiquen la caza con perro, aunque no porten armas u
otros medios para cazar, precisan estar en posesion
de la licencia correspondiente. No estaran
obligados a tener ésta los batidores, ojeadores y perreros cuando actuen
como auxiliares en la cacerias"
Sera bueno que todos recordemos este articulo
40 para poder recordarselo a las autoridades
sancionadoras si se vuelven a repetir.
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IDENTIFICACION OBLIGATORIA DE PERROS EN CASTILLA – LA MANCHA 6.09.2004
Con
fecha 30 de Agosto se ha publicado en el BOCM nº158
pag 13961 la Orden de 28-07-2004 de la Consejeria
de Agricultura por la que se regula la identificacion
de los perros y se crea el Registro central de animales de compañia.
La identificacion obligatoria es mediante
el conocido como Microchip.
Podeis encontrar esta orden en el siguiente
enlace http://www.jccm.es/cgi-bin/docm.php3
Esta
JD directiva a acordado enviar una carta al Consejo Regional de Veterinarios
para solicitar informacion de todo el proceso
y tramitacion de la identificacion
por microchip, asi como el establecimiento
de unas tarifas especiales para los propietarios de rehalas de Castilla
La Mancha en consideracion al alto numero de ejemplares en propiedad . Todo ello con la buena disposicion
de colaboracion con este grupo profesional
para facilitar la aplicacion de la ordenanza.
Esperamos porder tener una rapida
contestacion.
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APROBADAS LAS ENMIENDAS QUE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE REHALAS PRESENTÓ
SOBRE LA LEY 11/2003 DE PROTECCIÓN DE ANIMALES DE ANDALUCÍA
.
31.08.2004
El pasado mes de Abril , la Asociación Española
de Rehalas , a través de su Delegación en Andalucía , convocó una reunión
informativa para dar a conocer a sus socios y simpatizantes el contenido
de la nueva Ley andaluza de Protección de Animales que entra en vigor
en próximas fechas y a la que no fue llamada a consulta ninguna Asociación
de criadores de perros o colectivo de dueños de rehalas . Como consecuencia
de dicha reunión , y dado lo perjudicial de la aplicación de la citada
Ley para el colectivo rehalero andaluz , una representación de la AER
encabezada por el Delegado en Andalucía D. ALFONSO AGUADO PUIG , letrado
y dueño de rehala , se reunió en la CONSEJERIA DE GOBERNACION con los
promotores del citado documento para expresarles el malestar de este
gremio ante una Ley que no ha tenido en cuenta la opinión de cazadores
ni rehaleros y en la que existen normas que perjudican gravemente a
este colectivo en materia de transporte , bienestar de los perros en
la perrera o corte de orejas y rabo por motivos funcionales de los mismos
entre otras .
Este encuentro , de máxima colaboración por
ambas partes , se concretó con la presentación de una serie de enmiendas
realizadas a modo de consultas sobre los puntos mas conflictivos de
la Ley , solicitando al COORDINADOR GENERAL que resolviera aceptar a
la mayor brevedad `posible los siguientes aspectos :
1- Que a los efectos legales se considere al perro de rehala como animal
doméstico de compañía .
2- Que demostrada la necesidad de cortar orejas y rabo a los perros
de rehala para evitar heridas y otras enfermedades relacionadas con
su trabajo en el monte , quede esta práctica fuera de la prohibición
contenida en el art. 4.1.d) .
3- Que referente al transporte de rehalas no sea necesario sacar guia sanitaria ,certificado higienico-sanitario del vehículo ni certificado de desinfección
y desinsectación cada vez que haya que desplazar a las rehalas .
4- Que la Administración facilite la eliminación de forma higiénica
e indolora de los ejemplares que por diversos motivos hay que eliminar
de la rehala , contribuyendo económicamente a ello .
5- Que no se aplique el art. 11.2 en cuanto
a la longitud mínima de 3 metros de cadena si el perro está amarrado
a un punto fijo , atendiendo la posibilidad de atarlo a un cable por el
que discurra dicha cadena disminuyendo como consecuencia dicha longitud.
6- Que no se aplique a las perreras el Capítulo IV de la Ley.
El pasado mes de Mayo la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía
envió un comunicado a la AER en Andalucía aceptando todas las enmiendas
presentadas por lo que se resuelve de forma lógica y favorable unos
aspectos de la Ley que acarrearian graves
perjuicios para los rehaleros andaluces .
La Asociacion Española de Rehalas a traves de su Delegación en Andalucía quiere agradecer públicamente
el talante conciliador y la celeridad con el que la Consejería de Gobernación
ha resuelto este problema .
Y esta Junta Directiva felicita a la Delegacion
andaluza y a su delegado Alfonso Aguado por el trabajo realizado
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