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Nuevo artículo 12 de la Ley de Caza

en Lunes, 01 Octubre 2007. PUBLICADA EN Noticias 2007

 Estimados amigos,

 

    En algunos medios de comunicación se ha comentado que la Junta de Castilla y León va a modificar el artículo 12 de la Ley de Caza, pero de forma que al final el perjudicado va a continuar siendo el titular del coto. Esto es absolutamente falso, ya que como veremos a continuación, la reforma del artículo 12 de la Ley de Caza va a suponer que Castilla y León adapte su legislación a la estatal y mas concretamente a la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entró en vigor el pasado día 10 de agosto. 

El nuevo artículo 12 de la Ley de Caza que quedará redactado de la siguiente forma: 

Artículo 12.-Daños producidos por las piezas de caza: 

 

"La responsabilidad por los daños producidos por las piezas de caza en los terrenos cinegéticos, en los refugios de fauna y en las zonas de seguridad se determinará conforme a lo establecido en la legislación estatal que resulte de aplicación. 

La responsabilidad por los daños producidos por las piezas de caza, excepto cuando el daño sea debido a la culpa o negligencia del perjudicado o de un tercero, corresponderá en los terrenos vedados a su propietarios." 

    En el primer párrafo, la Ley de Caza se remite a la legislación estatal, que no es otra que la Ley de Tráfico y Seguridad Vial recientemente reformada. 

    El párrafo segundo podría inducir a alguna confusión, pero realmente no afecta al titular del coto, ya que lo único que dice es que en el caso de los vedados, la responsabilidad podrá ser del propietario del terreno. Es importante aclarar que los vedados tienen la consideración de terreno no cinegético, y son en la mayoría de los casos terrenos que el propietario no ha querido incorporar a un coto de caza. 

Parece lógico que si el propietario de un terreno no quiere constituir en el un coto de caza, o no lo quiere incorporar a otro coto, deba ser él el que responda de los daños que pudieran ocasionar los animales salvajes, ya que está impidiendo un control sobre los mismos. 

(Fuente: Oficina Nacional de la Caza, c/ Velázquez, 113 - 4º B, 28006 Madrid - Tel: 91 515 89 58, www.oficinanacionalcaza.org) 

 

La Junta Directiva