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Articulos en la categoria: Noticias 2018

La Asociación Española de Rehalas informa sobre el régimen legal actual de las leyes de protección animal autonómicas en materia de otectomías y caudectomías en perros.

en Jueves, 17 Mayo 2018. publicada en Noticias 2018

Sevilla, 17 de mayo 2018

LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE REHALAS INFORMA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL ACTUAL DE LAS LEYES DE PROTECCIÓN ANIMAL AUTONÓMICAS EN MATERIA DE OTECTOMÍAS Y CAUDECTOMÍAS EN PERROS.

Aclarado por el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente que el Convenio de Protección de Animales ratificado por el Reino de España y que entró en vigor el pasado 1 de febrero no ha supuesto una modificación directa de las diferentes normas autonómicas en materia de protección animal, sino que requerirá un proceso de revisión de las normas autonómicas en materia de protección animal, de forma resumida, pasamos a informar sobre cual es la norma y el régimen aplicable a esta práctica actualmente hasta tanto no se produzca una reforma con rango de Ley que lo modifique:

- Andalucía: Ley de Protección de Animales 11/2003. En su artículo 4 prohíbe las mutilaciones con fines exclusivamente estéticos. Autoriza las intervenciones realizadas por veterinario en caso de necesidad. No prohíbe ni regula las intervenciones por motivos funcionales. Mediante resolución de 4 de mayo de 2004 la Consejería de Gobernación expresamente declaró justificadas las realizadas tradicionalmente a los perros de rehala.

- Aragón: Ley de Protección Animal 11/2003. En su artículo 69.4 se exceptúan de la prohibición genérica las intervenciones controladas por facultativos competentes en caso de necesidad médico-quirúrgica por exigencia funcional.

- Asturias: Ley de Tenencia, Protección y Derechos de los Animales 13/2002. No establece nada al respecto. Los Ayuntamientos que han aprobado sus Reglamentos Reguladores y Ordenanzas sobre Protección y Tenencia de Animales de compañía exceptúan de la prohibición genérica las mutilaciones controladas por el veterinario en caso de necesidad.

- Islas Baleares: Ley de Protección de los animales que viven en el entorno humano 1/1992. Su artículo 46.1 c) exceptúa de la prohibición genérica las mutilaciones necesarias con control facultativo. Reglamento de Protección de Animales Domésticos de las Islas Baleares (Decreto 56/1994). En su artículo 3.8 se exceptúa de la prohibición genérica las mutilaciones realizadas por el facultativo veterinario en caso de necesidad.

- Canarias: Ley de Protección de los Animales 8/1991. En su artículo 4 d) se exceptúan de la prohibición genérica las mutilaciones controladas por veterinarios en caso de necesidad o por exigencia funcional.

- Cantabria: Ley de Protección de los Animales 3/1992. No establece nada al respecto. Reglamento para la Protección de los animales (Decreto 46/1992). En su artículo 4 d) se exceptúan de la prohibición genérica las mutilaciones afectadas o controladas por los veterinarios y las que correspondan a ventajas de tipo fisiológico y/o de manejo.

- Cataluña: Ley de Protección de los Animales 22/2003. En su artículo 5 e) se exceptúan de la prohibición genérica las intervenciones hechas con asistencia veterinaria en caso de necesidad terapéutica o para garantizar su salud.

- Castilla La Mancha: Ley de Protección de los Animales Domésticos 7/1990. En su artículo 25.2 e) se exceptúan de la prohibición genérica las mutilaciones por motivos de necesidad y con el adecuado control veterinario.

- Castilla León: Ley de Protección de los Animales de Compañía 5/1997. En el artículo 4.2 d) se exceptúan de la prohibición genérica las mutilaciones controladas por veterinarios en caso de necesidad y por exigencias funcionales.

- Extremadura: Ley de Protección de los Animales 5/2002. En el artículo 32.3 e) se exceptúan de la prohibición genérica las mutilaciones controladas por veterinarios.

- Galicia: Ley de Protección y Bienestar de los Animales de Compañía 4/2017. En su artículo 9 h) se excluyen expresamente de la prohibición genérica las necesarias por razones médico-quirúrgicas, por exigencia funcional o porque supongan un beneficio futuro por animal, las cuales habrán, en todo caso, de ser prescritas y realizadas por una o un profesional veterinario.

- Madrid: Ley de Protección de los Animales de Compañía 4/2016. En su artículo 7 d) se excluyen expresamente de la prohibición genérica las intervenciones precisas por necesidad médico-quirúrgica o por suponer un beneficio futuro para el animal, que en todo caso deben ser realizadas por un veterinario.

- Región de Murcia: Ley de Protección y Defensa de los Animales de Compañía 6/2017. En su artículo 18 se señala que la mutilación terapéutica o con fines funcionales autorizados debe efectuarse exclusivamente por un veterinario y de forma indolora bajo anestesia general.

- Navarra: Ley Foral de Protección de los Animales 7/1994. En su artículo 2.2 e) se excluyen expresamente de la prohibición genérica las mutilaciones controladas por los veterinarios en caso de necesidad o por exigencia funcional.

- País Vasco: Ley de Protección de los Animales 6/1993. En su artículo 4.2 d) se excluyen expresamente de la prohibición genérica las mutilaciones efectuadas con control veterinario en caso de necesidad o por exigencia funcional.

- La Rioja: Ley de Protección de los Animales 5/1995. En su artículo 2.2 d) se excluyen expresamente de la prohibición genérica las mutilaciones efectuadas con control veterinario en caso de necesidad o por exigencia funcional.

- Comunidad Valenciana: Ley sobre Protección de los Animales de Compañía 4/1994. En su artículo 4 e) se excluyen expresamente de la prohibición genérica las mutilaciones realizadas por profesionales veterinarios en casos de necesidad justificada.

Dichas normas siguen vigentes a día de hoy y en caso de modificación de cualquiera de estas normas les informaremos puntualmente. En todo caso esta asociación recomienda que en caso de realizar esta intervención siempre se realice por profesional veterinario, de forma indolora, en condiciones higiénicas y de asepsia que garanticen la salud del animal.


Alfonso Aguado Puig

Presidente


A continuación se facilita el enlace para descargar la Nota

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Nota de Prensa: La Carolina, capital de la rehala en Jaén.

en Lunes, 14 Mayo 2018. publicada en Noticias 2018

Sevilla, 14 de mayo 2018

NOTA DE PRENSA

La Carolina, Capital de la rehala en Jaén

El pasado 12 de mayo nos desplazamos a La Carolina, junto con nuestro Delegado por Andalucía Antonio Pinelo, para asistir a un emotivo encuentro entre rehaleros y monteros en el que se le rindió homenaje al rehalero Leopoldo Pérez Negro, conocido como "Popi" recientemente desaparecido y referente de muchos aficionados. Tan emotivo fue el video de recuerdo grabado por la Fundación Artemisan en el que pudimos oír a "Popi" hablar de su afición con el corazón en la mano, como la entrega de un recuerdo a sus familiares por parte de los rehaleros de esta localidad.

Por parte de la Asociación Española de Rehalas hicimos entrega a la alcaldesa Yolanda Reche de una carta de apoyo a fin de que La Carolina tenga el reconocimiento, a nivel provincial, como "Capital de la Rehala".

Destacar también las Jornadas Técnicas sobre la rehala en las que, entre otros, participaron el Director del Instituto Andaluz de Caza Guillermo Ceballos, el Delegado Provincial de Medio Ambiente, Juan Eugenio Ortega, el capitán de la Guardia Civil, Emilio García, el Presidente de la Federación Andaluza de Caza José María Mancheño y nuestro Presidente Alfonso Aguado, moderados por el veterinario y montero Luis Muñoz.

Tras hacer un repaso a diversos aspectos sobre la extensa legislación en materia de rehalas se concluyó la buena calidad de la legislación andaluza fruto del consenso del sector y la Administración. En el debate posterior se planteó por Bartolomé Egido, Delegado Provincial de la AER la situación legal sobre otectomias y caudectomias en perros de rehala a lo que se concluyó, siguiendo el criterio del MAGRAMA, que la entrada en vigor del Convenio Europeo de Animales de Compañía no supone una prohibición directa sino que obliga a una revisión de cada norma autonómica que, en el caso de Andalucía, aun no se ha producido por lo que se considera injustificada la postura de algunos veterinarios a realizar estas intervenciones.

Tras estas interesantes ponencias nos trasladamos a la concentración de Rehalas en la que pudimos ver, entre otras, la rehala de nuestro veterano socio Miguel Marín y la de nuestro delegado Bartolomé Egido, en un encuentro en el que hay que destacar un alto nivel de participantes y un gran ambiente de hermandad y compañerismo que nos revela el buen estado de salud de la afición en esta zona tradicional montera, siempre al amparo de nuestra patrona la Virgen de la Cabeza.


Alfonso Aguado Puig

Presidente


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Nota de Prensa [PDF]

Nota de Prensa: Campillo de Altobuey. La afición pide paso

en Lunes, 07 Mayo 2018. publicada en Noticias 2018

Campillo de Altobuey. 6 mayo 2018

NOTA DE PRENSA

Campillo de Altobuey. La afición pide paso

Los días 5 y 6 de mayo de 2018 esta bonita y cuidada localidad conquense ha sido punto de encuentro de los aficionados al perro de caza de toda España.

En la cuarta edición ya de su feria cinegética hemos disfrutado este fin de semana de exhibiciones y pruebas de trabajo en las que hemos comprobado un nivel muy alto de sus participantes con el respaldo de instituciones como la Consejería de Medio Ambiente, representada por su Delegado Provincial D. Joaquín Cuadrado y la Real Federación Española de Caza que lo fue por su Presidente regional D. Agustín Rabadán y el Delegado Nacional de caza menor con perro D. Jesús J. Llanos. Expresamos especialmente nuestro agradecimiento y felicitación a la organización y a su Ayuntamiento, en la persona de su alcalde D. Francisco López por tan rotundo éxito, por contar con la Asociación Española de Rehalas para la inauguración del evento y hacernos entrega de un reconocimiento especial que nos anima a seguir trabajando en defensa de la rehala.

Este éxito rotundo no habría sido posible sin el gran equipo de trabajo formado por sus voluntarios que se han desvivido por hacernos disfrutar del evento consiguiendo reunir más de 1.000 perros y unas 40 rehalas que han llegado de todos los rincones de España, con un calendario de pruebas y actividades del más alto nivel en el marco incomparable de su plaza de toros (antiguo convento de San Agustín). Desde la Asociación Española de Rehalas hemos intentado colaborar con la presencia de nuestro presidente, Alfonso Aguado, delegado de Castilla León José María Pacheco, de Valencia, Francisco Garijo y de Castilla La Mancha Constantino Olivas, junto con nuestro delegado en Cuenca Carlos Escribano.

Recomendamos a cualquier aficionado a la rehala que no pierda la ocasión el año que viene para disfrutar de un fin de semana de convivencia en el que la hospitalidad de los anfitriones y el perro de caza son los protagonistas en un entorno que nos sorprenderá, además, por su rico patrimonio histórico. Por encima de otras consideraciones, en Campillo de Altobuey la afición pide paso.


Alfonso Aguado Puig

Presidente


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